Al momento de contratar un seguro patrimonial, es importante que usted conozca cuál es la mejor manera de declarar los valores de los bienes de su empresa.

 

Seguros de Propiedad

La base de las indemnizaciones de siniestros en estos tipos de pólizas, que incluyen las condiciones de Todo Riesgo a Primer Riesgo, exigen que los bienes asegurados al inicio de la póliza hayan sido valorizados en su correcto valor de reposición o reemplazo a nuevo, a fin de minimizar la aplicación de infraseguro a lo largo de la vigencia de la póliza. Esto permite a los asegurados recibir una indemnización suficiente para la adquisición y/o reparación al 100% de los bienes asegurados.

 

Sin embargo, en el mercado de seguros existe la posibilidad de la elección de la forma en que se deben valuar los bienes para efectos del seguro, seguidamente una explicación de cómo funciona la indemnización en cada caso:

 

Valor de Reposición o Reemplazo

  • - En caso de pérdida total de un bien la indemnización se realiza en base al costo de un bien nuevo de similares características al siniestrado.
  • -En el caso de pérdida parcial de un bien que requiera trabajos de reparación para dejarlo en las mismas condiciones antes del siniestro, la indemnización será por el total del costo de la reparación.
  • - En ambos casos siempre existirá la aplicación de los deducibles que se contraten en la póliza correspondiente.

 

Valor Comercial

  • - En caso de perdida total de un bien la indemnización se realiza tomando como referencia el costo de un bien nuevo, aplicándosele las deducciones por depreciación de antigüedad, obsolescencia y/o tecnología.
  • - En el caso de perdida parcial de un bien que requiera trabajos de reparación para dejarlo en las mismas condiciones antes del siniestro, para la indemnización se toma como referencia el costo total de la reparación, a la cual se le aplican los factores de depreciación por antigüedad, obsolescencia y/o tecnología.
  • - En ambos casos siempre existirá la aplicación de los deducibles que se contraten en la póliza correspondiente.

 

Sea cual fuere la modalidad que se adopte, la regla de infraseguro será de aplicación siempre que el valor declarado no refleje al inicio de vigencia del seguro el real valor de los bienes, ya sea de reemplazo o comercial, según haya sido la elección del cliente. La regla de infraseguro consiste en que el cliente se convierte en su propio asegurador por la misma proporción en que dejo de asegurar al momento de declarar sus valores al inicio de vigencia del seguro. Es decir, en caso de siniestro, deberá de asumir una parte de sus bienes ya que no estará cubierto por la compañía de seguros por una mala declaración.

 

Por: Rafael Salazar – Gerente Central de Riesgos Generales